Salir del fichero ASNEF de una vez por todas

DEMASIADAS INCLUSIONES POR ERROR EN ASNEF

Hasta el más honorable de los pagadores puede un día ver su nombre en un fichero. Muchas de las inclusiones se realizan sin que haya una deuda de por medio. También son frecuentes los casos de usurpación de personalidad, de contrataciones fraudulentas (en esos casos debes denunciarse cuanto antes a la policía). Según la Memoria de 2017 de la Agencia de Protección de Datos, la inclusión indebida en los ficheros de morosos fue la causa que originó el mayor número de sanciones, ello supone un aumento significativo respecto de los datos del año 2016. Se impusieron 254 Resoluciones sancionadoras, lo que equivale a un 30 % de las sanciones impuestas.

¿Cómo salir del fichero Asnef de manera definitiva?

  • Paga la deuda y solicita la cancelación de tus datos.

Si tiene una deuda cierta, vencida, exigible y reclamada por la empresa, para abandonar el fichero lo primero es pagarla. Una vez pagada, asegúrate de que eliminan los datos del fichero y no confíes en que lo hará la empresa acreedora. Para ello, solicita tu baja al titular del fichero adjuntando tu DNI y copia del pago.

  • ¿No estás conforme con la deuda?

Actualmente, la ley impide registrar la deuda en el fichero si aquella está siendo reclamada vía administrativa, judicial o mediante un procedimiento alternativo vinculante, como el arbitraje de consumo. La Agencia Espanola de Protección de Datos también considera que impugnar una deuda ante un órgano arbitral, judicial o administrativo para determinar si tal deuda existe, impide que pueda hablarse de deuda “cierta”. Así pues, si reclamas, denuncia ante la AEPD que la inclusión en el fichero no procede.
Aunque esto es lo que dice la LEY por desgracia casi nunca se cumple ya que si es denunciada ante los juzgados primero tiene que ser admita a trámite.
Si es reclamada ante un órgano arbitral, esta debe ser aceptada por la entidad reclamada ya que en España los arbitrajes de consumo son voluntarios y ni los bancos , ni casi ninguna entidad de crédito aceptan los arbitrajes y has de reclamar ante el BANCO DE ESPAÑA y este no tiene potestad vinculante y no son admitidas estas reclamaciones por la AEPD.

  • Si la inclusión es incorrecta, puedes reclamar judicialmente una indemnización por los daños causados.

Existen diferentes sentencias en las cuales, como consecuencia de la intromisión del Derecho al Honor del afectado por la inclusión en el fichero y en concepto de daño moral, se indemnizó al afectado.

*Ejemplo: hay una sentencias del Tribunal Supremo de 2007 que reconoció una indemnización a favor de un afectado por importe de 7.000 euros y por la que se condenó al fichero Asnef. Otra sentencia de 2017 reconoció una indemnización por importe de 8.000 euros al afectado y se condenó a la compañía Orange

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